El acusativo es el caso que se utiliza para designar el objetivo primero o el resultado de la acción verbal. De este sentido general se deducen los usos particulares del acusativo:
El acusativo es el caso que se utiliza para expresar el complemento directo de los verbos transitivos (o usados en forma transitiva). Este puede ser externo o interno. Acusativo externo sería el complemento directo normal: completa el significado del verbo.
Brutus
epistulam ad amicum misit
Milites
pontem fecerunt
Acusativo
interno es el acusativo complemento directo que tiene una relación
directa con el verbo. Esta relación puede ser de tipo:
- Etimológico, cuando la raíz del
verbo y del complemento directo es la misma (pugnam pugnare).
-
Semántico, cuando el verbo y el
complemento directo se relacionan en su significado solamente (proelium
pugnare).
-
Abreviado, cuando el sustantivo relacionado
con el verbo está elíptico. Aparece un adjetivo en neutro
plural generalmente (bacchanalia vivere = bacchanalem vitam vivere).
El
acusativo de dirección indica el lugar de destino de la acción verbal,
respondiendo a la cuestión quo.
Este complemento de 'lugar a donde' se construye en acusativo con y
sin preposición:
* Sin preposición: con nombres propios propios de lugar menor
(ciudades, islas...) y los sustantivos comunes domus, humus y
rus:
Eo
Romam.
* Con las preposiciones in, ad en los demás casos:
Legatus
in Hispaniam missus est.
Milites
ad oppidum appropinquant.
La
preposición in indica movimiento hacia el interior de un lugar,
en tanto que ad indica movimiento hacia los alrededores; de ahí
que, en contextos de hostilidad, la preposición in tiene en español
el significado de 'contra':
Pedites
tela in hostium equitatum iaciunt.
La
preposición ad con acusativo puede aparece con verbos que no
expresan movimiento, respondiendo a la pregunta ubi
('lugar en donde'):
Ad
exercitum manere.
En las exclamaciones,
y en concurrencia con el nominativo,
el latín emplea el acusativo:
Me miserum!
Este acusativo
exclamativo puede ir acompañado de interjecciones y, en alguna ocasión,
de la partícula enclítica -ne:
O istius
nequitiam singularem!
Huncine
hominem!
El
caso acusativo puede usarse para expresar la extensión en el espacio
y en el tiempo. El acusativo de extensión en el espacio, siempre
con términos que indican medida (passus, pes...), puede indicar
distancia recorrida, distancia entre dos puntos o dimensiones de los
objetos:
Reliquae
legiones magnum spatium aberant.
Turris
viginti pedes alta.
El
acusativo
de extensión en el tiempo (acusativo de duración) expresa la
duración de la acción verbal:
Annum
iam tertium et vicesimum regnat.
Multos
annos vixit.
El
significado adverbial del acusativo se da sobre todo en:
* Adjetivos en género neutro que expresan cantidad: multum,
aliquantum, primum, ultimum, etc.
* Algunas formas pronominales: quid? ('¿por qué?').
* Algunos usos estereotipados con sustantivos: magnam (maiorem,
maximam) partem «en gran (la mayor, muy gran) parte», partim
«en parte», vicem «en lugar de», id genus, omne
genus «de este género, de todo género», id (quid) aetatis
«de esta (de qué) edad».
El
acusativo de relación indica la parte de una persona o cosa afectada
por la acción verbal (a partir de la época de Augusto se puede encontrar
también con adjetivos). Se trata normalmente de complementos, muy frecuentemente
indicando partes del cuerpo, de verbos en voz pasiva:
Manus
post terga revinctus.
Lacrimis
perfusa genas.
Flava
comas.
Se
trata de dos complementos en acusativo que acompañan simultáneamente
a un mismo verbo sin ninguna relación de coordinación entre ellos, es
decir, cada uno con un valor sintáctico diferente. Las construcciones
más frecuentes de doble acusativo son las siguientes:
* Complemento directo + predicativo: aparece con verbos que significan
'llamar, designar, nombrar, considerar, estimar, juzgar', etc.:
Populus
Romanus Ciceronem consulem creavit.
Homines
caecos reddit cupiditas.
* Complemento directo de persona + complemento directo de cosa:
se construye con verbos que significar 'enseñar, ocultar, pedir, preguntar'
(doceo y compuestos, oro...). En español, el complemento directo de
persona lo analizamos como complemento indirecto:
Magister
pueros grammaticam docet.
Senatorem
sententiam rogaverunt.
* Complemento directo + complemento circunstancial de lugar o de
extensión : se trata de construcciones con verbos compuestos
(sobre todo con trans- y
circum-), en las que el complemento directo depende del significado
del verbo simple, y el complemento de lugar del significado añadido
por el preverbio:
Dux
exercitum flumen traduxit.
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